NUEVA LEGISLACIÓN VITIVINÍCOLA DE LA UE

La reforma de la Política Agrícola Común (“PAC”) de la Unión Europea, publicada el 6 de diciembre de 2021, entrará en vigor el 1 de enero de 2023. El plan propondrá etiquetar las bebidas alcohólicas con “indicaciones obligatorias” de sus ingredientes y contenidos nutricionales.

Nueva normativa sobre el etiquetado

La industria vinícola de la UE, a diferencia de los alimentos, no estaba obligada hasta ahora a enumerar los ingredientes que no fueran alérgenos en las etiquetas de los vinos. La PAC ha cambiado ahora el enfoque del tema de la siguiente manera:

  1. La lista de ingredientes que causan alergias e intolerancias debe figurar en la etiqueta
  2. Las etiquetas no pueden contener ninguna otra información con fines de venta y comercialización
  3. No se pueden recoger ni rastrear datos del usuario a través de la etiqueta digital

Aplicación de la PAC

La PAC se aplica a los productos del mercado de la UE, ya sean producidos en uno de los Estados miembros de la UE o importados de un tercer país, así como a los vinos producidos en la UE y exportados fuera de ella. El vino producido y etiquetado antes del 8 de diciembre de 2023 puede seguir comercializándose en el mercado de la UE hasta el final de las existencias.

NUEVA NORMATIVA FRANCESA DE EMPAQUETADO

La nueva normativa francesa afecta a todas las empresas, de todos los sectores, que fabrican productos que generan residuos para los consumidores.

El decreto entró en vigor el 1 de mayo de 2022, pero los requisitos entrarán en vigor gradualmente, según el tamaño de la empresa. Los productos y envases disfrutarán de un periodo de eliminación de existencias hasta el 1 de enero de 2023.

El decreto trata de la obligación de informar sobre las cualidades y características medioambientales de los productos y envases (según la categoría respectiva) sobre:

  • Reparabilidad
  • Sostenibilidad
  • Posibilidades de reutilización
  • Incorporación de material reciclado
  • Uso de recursos renovables
  • Compostabilidad
  • Reciclabilidad
  • Presencia de sustancias peligrosas, metales preciosos o tierras raras
  • Trazabilidad
  • La presencia de microfibras de plástico

Esta información debe estar disponible por medios electrónicos, etiquetado o cualquier otra herramienta adecuada. El formato debe ser fácilmente manejable por un sistema de tratamiento automatizado en forma agregada.

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